Restaurantes
Contamos con una gran variedad de Restaurantes que ofrecen diferentes platos tipicos de nuestra region, Cafeterías y salas de espera.
Hotel
Contamos con servicio de hotel, con confortables habitaciones con aire acondicionado y excelente servicio, también contamos con el servicio de encomiendas para el envío de paquetes o documentos a otras ciudades.
Puesto de información
En Nuestro puesto de Información usted podrá consultar la la llegada y salida de autobuses, comunicar la pérdida de objetos personales, información propia de la terminal de transporte e información turistica de la ciudad de cartagena.
Baños
Contamos con el servicio de baños con excelente presentación, divididos en tres baterias de baños ubicadas en zonas estrategias dentro de la terminal para que el usuario pueda acceder a ellos de forma facil.
Cajeros automaticos
Le brindamos el servicio de cajero automático y de seguridad las 24 horas del día los 7 días de la semana en las instalaciones de la Terminal de Transporte, en colaboración con la POLICIA NACIONAL y nuestro personal operativo que se encarga de realizar monitoreo mediante las múltiples cámaras de seguridad que posee la Terminal.
Wifi
Ofrecemos para todos los pasajeros el servicio de Internet Inalámbrico WIFI de manera gratuita en el pasillo Modulo1. Asi, cualquier persona que desee ingresar a internet y posea un laptop o Telefonos moviles con conexion wifi podran acceder a este servicio.
Estacion de taxis
Tenemos una estación de taxis y autobuses que se encuentra a su disposición las 24 horas del día los 7 días de la semana, con el fin que usted pueda transportarse a toda hora.
Guarda equipajes
además de esto le brindamos el servicio de Guarda Equipaje o Maletero, en donde guardamos sus pertenencias para que las reclame posteriormente cuando las necesite.
Tasa de uso
TASA DE USO: Denomínese Tasa de Uso el valor que deben cancelar las empresas de transporte por el uso de las áreas operativas de la terminal de transporte terrestre de pasajeros por carretera, de acuerdo con el art. 11 del Decreto 2762 del 20 de Diciembre de 2001 emanado por el MINTRANSPORTE.
Alcoholimetria
PRUEBA DE ALCOHOLIMETRIA: La terminal de transporte en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2 de la ley 336 de 1996, el Decreto 2762 del 20 de Diciembre de 2001 y la resolución 2222 del 2002; emanadas por el MINTRANSPORTE, cuenta con los equipos, el personal idóneo y un área suficiente para efectuar examenes médicos generales de aptitud física y practicar la prueba de alcoholimetría a los conductores que estén próximos a ser despachados por ésta Terminal.